EL CESE DEL FUNCIONARIO INTERINO Y PERSONAL LABORAL

     BIDÓN ABOGADOS es un Despacho líder y altamente especializado en la defensa del personal laboral temporal contratado en fraude de ley por las Administraciones Públicas así como de los funcionarios interinos.

 

     Desde hace muchos años, este Despacho      viene defendiendo a importantes colectivos de la Junta de Andalucía, Ayuntamientos, Diputación y otros Organismos de la Administración Central y Autonómica, y muy especialmente en la impugnación de ceses que no se ajustan a derecho y que son contrarios a las limitaciones temporales que marca el artículo 15.5 ET y los artículos 9 a 11 de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

 

     Así, aquellos trabajadores que se encuentren afectados por un cese tras prestar sus servicios sometido a sucesivos contratos temporales, nos encontraremos ante una relación laboral indefinida y por tanto el cese o despido será calificado como improcedente.

 

       Por otro lado, aquellos funcionarios interinos que al amparo del artículo 10.1 c) de la  Ley del Estatuto Básico del Empleado Público lleven a cabo su actividad en un periodo superior a tres años atendiendo la actividad permanente del servicio, su cese será calificado como injustificado.

 

     En los últimos años y como medidas de ahorro presupuestario se han tomado medidas de esta naturaleza por parte de las distintas Administraciones Públicas, extinguiendo y amortizando contratos y nombramientos dentro del sector público y que en muchos casos han supuesto una vulneración de derechos laborales y administrativos.

 

     En estos casos hay que tener en cuenta la normativa laboral y administrativa y máxime cuando ha existido en los últimos años dentro de la Junta de Andalucía el fenómeno de la laboralización de la función pública.

 

     Precisar que ante un despido o cese, el plazo de impugnación para el personal laboral será de 20 días desde la efectividad del despido o cese, debiéndose articular la reclamación previa a la vía judicial en el referido plazo y con posterioridad acudir ante el Juzgado de lo Social.

 

     Para el caso del funcionario interino tendrá que interponer Recurso de Alzada dentro del plazo de un mes desde que se produce el cese, y con posterioridad acudir a la vía contencioso administrativa.

 

     Por parte de BIDÓN ABOGADOS le animamos a que no tolere dicha práctica laboral y/o administrativa que supone un claro perjuicio a sus derechos dentro de la administración y le invitamos a contactar con nuestro despacho ante cualquier situación que se le pueda plantear.