Ictus por Estrés Considerado Accidente Laboral

La prensa se hace eco de una nueva sentencia ganada por BIDÓN ABOGADOS.

Este supuesto, se trata de un trabajador joven de unos 35 años (pocos años de cotización a la Seguridad Social) y que le sobrevino un ictus cerebral o infarto cerebral fuera de la jornada de trabajo y cuando descansaba en su casa. Ese infarto le provocó unas secuelas, que le impedían desarrollar cualquier trabajo.

Era una persona que no tenía ningún antecedente de enfermedad con anterioridad al ictus y se acreditó en el juicio la situación de estrés y/o presión que soportaba en el trabajo. Se llegó a la conclusión que esa situación de estrés le provocó el infarto cerebral.

El Tribunal considera que existe una relación de causalidad directa entre el estrés en el trabajo y el ictus aparecido, y por ello, y aunque le ocurre y le sobreviene en fin de semana (fuera de la jornada de trabajo), aplica la presunción de accidente al que alude el art. 115.1 LGSS.