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¿Qué antigüedad se me debe reconocer si tengo firmado varios contratos temporales con mi empresa?

Como bien señala el TSJ/Andalucía en su Sentencia de 9-1-95, «la antigüedad de un trabajador en una empresa determinada no es otra cosa que el tiempo que el mismo viene prestando servicios a esa empresa sin solución de continuidad, aunque tal prestación de actividad laboral se haya llevado a cabo bajo el amparo de diferentes contratos de clases distintas, temporales e indefinidos.

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